Comunidades de Edificio

Seguro para Comunidades de Edificio

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Seguro para Comunidades de Edificio

El seguro de Comunidades de Edificio cubre los bienes de dominio común exclusivamente habitacionales, esto es, aquellos que pertenezcan a todos los copropietarios, por ser necesarios para la existencia, seguridad y conservación del condominio.

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Coberturas

Incendio y daños materiales causados por avalanchas, aluvión y deslizamientos y combustión espontánea a consecuencia directa de huelga, saqueo, desorden popular, por maremoto, tsunami y marejada, por viento, inundación y desbordamiento de cauces.

Causados por aeronaves, roturas de cañerías, desagües y por desbordamiento de estanques matrices, por construcción o demolición de edificios colindantes, por erupción volcánica, por explosión, por peso de nieve o hielo, y por colisión de vehículo.

Siempre que no se superen los UF 100 por riesgo, por evento y agregado anual, tanto para departamento como espacios comunes, si corresponde.

Los cristales tienen un monto asegurado de UF 500, con un deducible de UF 2 por pieza. Se incluyen fachadas de cristal o revestimiento de vidrio. Asimismo, el costo de izamiento de vidrios para edificios en altura, con un sublímite de hasta un 20% del monto asegurado en cristales, y un tope de un evento durante la vigencia.

El robo cubre los bienes o los contenidos que formen parte de los bienes comunes. Se dispone de una limitación en la indemnización, ya que por cada objeto robado se pagará UF 50. Por su parte, en caso de robo con fuerza, la suma asegurada podrá llegar hasta los UF 1500. Y en el caso de deterioros durante un siniestro de este tipo, MAPFRE se hará cargo de los daños hasta un monto de UF 100.

Se basa en una suma máxima de garantía que corresponde a la cantidad total anual máxima indemnizable por la suma conjunta de todas las reclamaciones que pudieren surgir tanto por el condicionado de responsabilidad civil como por cualquiera de sus adicionales o extensiones de coberturas contratados. Entre las adicionales, destacan la responsabilidad civil de daños por agua para propietarios de inmuebles y la responsabilidad civil patronal.

Otras coberturas contempladas son las de accidentes personales, avería de maquinaria, equipos electrónicos y asistencia a espacios comunes.